SI QUIERES SABER LOS REQUISITOS PARA LA AYUDA DE 426 EUROS QUE SE HA APROBADO ULTIMAMENTE (AGOSTO 2010) PUEDES VER OTRO ARTÍCULO MÁS ACTUALIZADO SI CLICAS AQUÍ.
El Gobierno ha aprobado prorrogar la ayuda de 420, que en 2010 pasa a ser de 426 euros, a las personas desempleadas que hayan agotado la prestación por desempleo en el periodo que comprende desde el 16 de Febrero de 2010 al 15 de Agosto de 2010.
Las personas que quieran acogerse a dicha ayuda deberán solicitarla en su oficina del Inem y ser menor de 65 años. Además deberán estar dispuestos a realizar cursos de formación y de inserción laboral si llega el caso.
El Gobierno ha decidido ampliar dicha cobertura ante la situación de crisis económica y desempleo que no acaba de recuperarse. Habrá 243.100 beneficiarios de esta medida y supondrá para el Estado 517,8 millones de euros.
Desde El Rincón del Parado queremos animar a las personas que estén en esta situación a seguir buscando empleo, esta difícil, pero con paciencia y constancia todo llega.













Comentarios
haber...una pareja...que viven juntos desde hace 5 años.. supuestamente dicen.. que la hipoteca esta a nombre de los dos y su suegra le ha abalado ...supuestamente..estan los dos empadronados en el mismo sitio.. tienen una hija en comun de 5 años y esta puesta en el libro de familia como su mama y papa ect,,, haber... dicen que cobran los dos cada uno 420 euros de ayuda familiar con duracion de 18 meses... cada uno 420.. osea entre los dos 840.. que hay de verdad y de mentira en todo esto que os he contado desde principio hasta final...gracias chicos y chicas esque rebiento de corage cuando me mienten ...
mi correo es:
cagatelorito80@hotmail.com
Un saludo y suerte
Puede mi mujer solicitar la ayuda de 21 mes?
gracias
Volvimos a echarla al siguiente mes sin horas, esta vez el bruto no sobrepasaba lo establecido, pero esta vez no miraron el bruto. Miraron otro numero mas alto, que era la Remuneración total mas el Prorrateo de las pagas extras. Este número si superaba el limite.
Por lo tanto me puse a leer por todas partes y encontré esto (Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % S.M.I, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias). Lo señalado en negrito me tiene confundido, ya que entiendo que el prorrateo de las pagas extraordinarias no deberían tenerlas en cuenta, sin embargo ellos dicen que se tienen que tener en cuenta.
A ver si alguien me puede aclarar esta confusión. Gracias desde ya y Saludos
He conseguido un trabajo de 4 días del 27 al 30 de sept., debo avisar mi inclusión laboral y luego llevar el certificado cuando termine el trabajo.
1.- Seguiré cobrando el 10 de oct?
2.- Serán 400 u otra vez me harán el dscto y serán 286 eur.
Muchas gracias.
Gracias
y si es bruto o neto, es para ponerlo en la casilla donde pone lo de salario del cónyuge, tengo 2 hijos menores y 43 años gracias